El Congresista Cajamarquino de las filas de Perú Libre a presentado el PL N°11806, «LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE LA ELECCIÓN MEDIANTE VOTO POPULAR DE JUECES Y FISCALES SUPREMOS»
Américo Gonza señala que; “ante los últimos acontecimientos críticos que atraviesa el Ministerio Público consideramos que es urgente la reforma del Sistema de Justicia en su conjunto. En tal sentido hemos presentado el PL N°11806 «LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE LA ELECCIÓN MEDIANTE VOTO POPULAR DE JUECES Y FISCALES SUPREMOS». La iniciativa de Ley tiene por objeto reformar los artículos 31, 147 y 158 de la Constitución Política del Perú para establecer la elección mediante voto popular de jueces y fiscales supremos. Con esta medida fortaleceremos el Sistema de Justicia para ponerlo al servicio de los ciudadanos y democratizaremos el acceso a quienes tienen la vocación de ejercer esta importante y noble función. 𝐒𝐈𝐍 𝐉𝐔𝐒𝐓𝐈𝐂𝐈𝐀, 𝐇𝐎 𝐇𝐀𝐘 𝐃𝐄𝐒𝐀𝐑𝐑𝐎𝐋𝐋𝐎”, indica.
Según la propuesta, uno de los principales méritos del presente proyecto de ley radica en su viabilidad y razonabilidad, tanto desde el punto de vista jurídico como presupuestal. Lejos de representar una carga económica adicional para el Estado, la iniciativa se ajusta plenamente a los límites que la Constitución impone al Congreso de la Republica en materia de iniciativa de gasto público. Es decir, no crea ni autoriza la creación de gasto nuevo, sino que establece una medida de equidad y reconocimiento institucional que puede implementarse con los recursos existentes en el presupuesto del Ministerio Público. En este sentido se obtendrían los siguientes beneficios:
a) Permitir que la ciudadanía elija directamente a los más altos funcionarios del sistema de justicia otorga mayor legitimidad de origen a jueces y fiscales supremos, en tanto surgen de la voluntad popular y no de decisiones políticas o administrativas reservadas a élites institucionales.
b) El proceso electoral obliga a los candidatos a presentar públicamente sus trayectorias, méritos, planes y compromisos éticos, lo que promueve un mayor control social sobre el sistema de justicia y refuerza la rendición de cuentas.
c) Actualmente, el nombramiento de jueces y fiscales supremos está expuesto a presiones políticas dentro de órganos como la Junta Nacional de Justicia o el Congreso. El voto ciudadano puede ser un contrapeso frente a estas injerencias, siempre que el proceso incluya garantías técnicas.
d) Una reforma bien diseñada puede exigir requisitos previos de evaluación técnica, trayectoria profesional intachable y cumplimiento de criterios objetivos, lo que obligaría a los candidatos a demostrar preparación real y no vínculos partidarios o clientelistas.
e) Diversos países como Bolivia, México y algunos estados en EE. UU., como Arkansas, Oklahoma o Luisiana, aplican sistemas de elección popular con resultados relevantes en términos de control democrático, siempre y cuando existan límites claros a la propaganda política y filtros de idoneidad previa. Estos casos pueden adaptarse al contexto peruano como modelos referenciales.
f) La reforma se alinea con los Principios Básicos sobre la Independencia de la Judicatura de las Naciones Unidas, especialmente en cuanto a que la selección de jueces debe garantizar tanto su independencia como la participación de la ciudadanía, bajo mecanismos transparentes y meritocráticos.
Fuente: NDP