Con 74 votos a favor y 11 en contra, la representación nacional aprobó la Resolución Legislativa 11542 que delega en la Comisión Permanente la facultad de legislar a partir del día siguiente del término de la segunda legislatura ordinaria del Periodo Anual de Sesiones 2024-2025 hasta el 24 de julio del 2025.

La decisión adoptada se da en cumplimiento a lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.

De esta manera, la Comisión Permanente podrá legislar sobre los siguientes temas:

Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el orden del día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que incluya por acuerdo de Junta de Portavoces según sus atribuciones.

Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia conforme a lo dispuesto en el art.105 de la Constitución Política del Perú.
De igual forma, se precisa en el artículo 2 de la resolución legislativa las limitaciones de la Comisión Permanente.

Exclúyanse de los asuntos a que se refiere el artículo anterior a aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4 del art. 101 de la Constitución Política del Perú.

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